El inquilino informa que NO va a pagar el alquiler del mes de abril/2020.
¿Hay que ingresar el IVA?
¿Hay que facturar igual?
Ley de IVA
Art. 5. Inciso b) – Punto 8.
«En el caso de locaciones de inmuebles, en cuyo caso el hecho imponible se perfeccionará en el momento en que se produzca el vencimiento de los plazos fijados para el pago de la locación o en el de su percepción total o parcial, el que fuere anterior».
Sugiero firmar adenda al contrato postergando el plazo de pago del alquiler.
De esa manera no habría nacimiento del Hecho Imponible del IVA.